Aunque originalmente el plazo vencía el 30 de junio, la autoridad decidió extender excepcionalmente el periodo, en consideración a la situación de Alerta Sanitaria del país, y las dificultades que puedan estar experimentando algunas empresas para hacer sus reportes en este nuevo sistema. Los detalles se indican en la Resolución Nº 0572.
La declaración se realiza a través de la Ventanilla Única del RETC.